DECLARACION JURADA ANUAL FONASA
SERVICIOS PERSONALES
Ejercicio 2014
De conformidad con lo dispuesto en el art. 27 del Dec. 221/011 de 27/06/2011, los
titulares de servicios personales fuera de la relación de dependencia deben liquidar
anualmente, al 31 de diciembre de cada año, los aportes destinados al Fondo Nacional de
Salud (FONASA), a cuyos efectos el Banco de Previsión Social, ha establecido la obligación de
presentar Declaración Jurada con plazo hasta el 30/04/2015.
Se encuentran comprendidos en esta obligación, las personas físicas residentes con
actividad en calidad de prestadores de Servicios Personales fuera de la relación de
dependencia, por sí o a través de sociedades de hecho o civiles, en el período enero a
diciembre 2014:
Profesionales (afiliados a Caja de Jubilaciones y Pensiones de Profesionales
Universitarios)
Escribanos (afiliados a Caja Notarial de Seguridad Social)
Titulares de Servicios Personales no profesionales (afiliados a BPS)
La declaración debe ser presentada por internet, a través del aplicativo disponible en la
página web “Declaración Anual de Servicios Personales”, a cuyos efectos resulta necesario
que el titular posea la calidad de usuario registrado de los servicios en línea de BPS1
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