Nuevo decreto Nro 329/025 introduce modificaciones sobre decreto anterior el Nro 268/020.
Cambios introducidos por el Decreto 329/025
- Inversión elegible: Los bienes muebles que componen la inversión promovida destinados directamente a la actividad de la empresa deberán tener un valor unitario mínimo de UI 1.500
- Incentivos adicionales para PARA MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS: Según categorización dada por el decreto 504/007 estas empresas recibirán puntos adicionales
- Plazos de ejecución:
- Se reduce el plazo general para ejecutar las inversiones promovidas.
- Indicadores y evaluación: Se redefine la matriz de indicadores:
- Generación de empleo: Se prioriza no solo la cantidad de puestos generados, sino también otros aspectos como estabilidad y colectivos con mayores dificultades de inserción laboral.
- Descentralización: Las inversiones en Montevideo ya no puntúan por este indicador, en decretos anteriores si puntuaban ahora ya no se puede considerar el departamento de Montevideo en este indicador.
- Sostenibilidad ambiental: Se valoran especialmente las inversiones que incorporen mejoras en eficiencia energética, reducción de emisiones, gestión de residuos y uso responsable de recursos.
- Incorporación de tecnología, innovación e I+D: El nuevo régimen otorga mayor importancia a la incorporación de tecnología, automatización, digitalización de procesos y actividades de innovación.
- Indicador estratégico: Este indicador permite ponderar especialmente aquellos proyectos que generen externalidades positivas relevantes según el Ministerio evaluador.
- Beneficios fiscales: Se mantienen los principales beneficios del régimen (exoneración de IRAE, Impuesto al Patrimonio, devolución de IVA y tributos a la importación).

